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¿Se puede cobrar el IMV y el paro a la vez? Cálculo y casos 2026
Sí. El IMV y el paro se pueden cobrar a la vez, pero la prestación o el subsidio por desempleo cuentan como ingreso: el Ingreso Mínimo Vital solo paga la diferencia hasta la renta garantizada de tu hogar (733,60 € al mes si vives solo en 2026), siempre que esa diferencia sea de al menos 10 €. Con un subsidio de 480 €, una persona sola cobraría unos 253,60 € de IMV.
Debajo tienes la calculadora, los casos según tu hogar y qué pasa cuando se te acaba el paro (la pasarela automática al IMV).
Publicado y revisado el 7 de octubre de 2026 · Elaborado con ayuda de IA y contrastado con fuentes oficiales (cómo lo hacemos)
Calculadora: cuánto IMV te queda si cobras paro
Orientativo, con la renta garantizada de 2026. Si cobras prestación contributiva, pon el importe neto que recibes cada mes; el CAPI por hijos se suma aparte. No guardamos ningún dato.
Cómo se calcula el IMV si cobras paro: el paro resta
El IMV no es una cantidad fija que se añade a lo que cobras: es un complemento hasta un mínimo. La Ley 19/2021 lo calcula como la diferencia entre la renta garantizada de tu tipo de hogar y todos los ingresos del hogar, incluido el paro (artículo 13.1). Si la resta da menos de 10 € al mes, no se reconoce.
IMV = renta garantizada del hogar − (paro + otros ingresos del hogar)
Por eso, para cobrar el IMV y el paro a la vez, la pregunta útil no es si son compatibles, que lo son, sino si tu paro deja hueco hasta la renta garantizada. Con los subsidios del SEPE (570, 540 o 480 € al mes) casi siempre queda hueco; con una prestación contributiva alta, normalmente no, salvo que vivas con más personas sin ingresos.
Renta garantizada 2026 por tipo de hogar
Esta es la cifra de la que se resta tu paro. Sale de multiplicar la cuantía individual (733,60 €) por la escala de la ley: un 30 % más por cada miembro a partir del segundo, hasta un máximo del 220 %.
| Hogar | Renta garantizada | Si es monoparental |
|---|---|---|
| 1 adulto | 733,60 € | — |
| 2 miembros (por ejemplo, 2 adultos o 1 adulto y 1 menor) | 953,68 € | 1.115,07 € |
| 3 miembros | 1.173,76 € | 1.335,15 € |
| 4 miembros | 1.393,84 € | 1.555,23 € |
| 5 o más miembros | 1.613,92 € | 1.775,31 € |
Si en casa vive alguien con discapacidad del 65 % o más, se suman otros 161,39 €. Por cada menor puedes cobrar además el Complemento de Ayuda para la Infancia (115, 80,50 o 57,50 € al mes según la edad), que se pide en la misma solicitud.
Casos reales de IMV y paro a la vez, con cifras de 2026
| Situación | Paro al mes | Renta garantizada | IMV al mes |
|---|---|---|---|
| Persona sola con subsidio para mayores de 52 | 480 € | 733,60 € | 253,60 € |
| Persona sola con subsidio (primeros 6 meses) | 570 € | 733,60 € | 163,60 € |
| Persona sola con prestación contributiva | 900 € | 733,60 € | 0 € (la supera) |
| Madre sola con un hijo, subsidio | 570 € | 1.115,07 € | 545,07 € + CAPI |
| Pareja con 2 hijos, uno cobra subsidio | 570 € | 1.393,84 € | 823,84 € + CAPI |
| Pareja con 2 hijos, uno cobra prestación | 1.200 € | 1.393,84 € | 193,84 € + CAPI |
Ejemplos orientativos suponiendo que el hogar no tiene otros ingresos. La Seguridad Social calcula con los ingresos anuales divididos entre 12.
Qué paro cuenta: el del año pasado, no el de este mes
Por regla general, el IMV se calcula con los ingresos del año anterior (artículos 11.2 y 13.1 de la Ley 19/2021). Esto tiene tres consecuencias prácticas que casi nadie explica:
- Si el año pasado trabajabas y este año cobras paro, la solicitud normal miraría tu sueldo del año pasado y probablemente te la denegarían. Para eso existe la vía del año en curso: entre el 1 de abril y el 31 de diciembre puedes pedir el IMV si la vulnerabilidad ha llegado este año (artículo 11.5).
- El paro que ya se ha acabado no cuenta en esa vía del año en curso si, al pedir el IMV, el derecho se ha extinguido por agotamiento, por renuncia o por superar el límite de ingresos (artículo 11.5).
- Si ya cobras el IMV y empiezas a cobrar paro, debes comunicarlo en 30 días naturales (artículo 15.2). El paro se tendrá en cuenta en la actualización con datos de Hacienda y el IMV bajará; si no lo comunicas, te pueden reclamar lo cobrado de más.
Cuando se te acaba el paro: la pasarela al IMV
Desde el 22 de noviembre de 2024 funciona una pasarela entre el SEPE y la Seguridad Social para que no te quedes meses sin cobrar al agotar el subsidio. Funciona así:
- En los tres meses antes de agotar el subsidio, el SEPE te informa de la posibilidad de pasar al IMV.
- Das tu consentimiento y firmas una declaración responsable de que los miembros de tu hogar también consienten.
- En los diez días siguientes al agotamiento, el SEPE envía tus datos al INSS (o al organismo foral en el País Vasco y Navarra).
- El INSS revisa todos los requisitos del IMV como si lo hubieras pedido tú. Si te lo reconoce, cobras desde el día 1 del mes siguiente al agotamiento.
La pasarela no cambia los requisitos: si en casa hay otros ingresos o patrimonio por encima del límite, te lo denegarán igual. Si no te llega el aviso del SEPE, puedes pedir el IMV tú mismo en imv.seg-social.es.
Si vives con tus padres o con más gente
El IMV se calcula por unidad de convivencia, no por persona. Si vives con tus padres, por regla general formas parte de su hogar y cuentan los ingresos de todos, también tu paro y sus sueldos o pensiones. Solo puedes pedirlo por tu cuenta en supuestos concretos (por ejemplo, tener hijos a cargo, ser víctima de violencia de género o, si tienes menos de 30 años, acreditar al menos dos años de vida independiente). Lo tienes explicado en la ficha del Ingreso Mínimo Vital.
Errores que hacen perder dinero
- No pedir el IMV porque cobras paro. Cobrar el IMV y el paro a la vez está permitido, y con un subsidio de 480 o 570 € casi siempre queda un complemento.
- Pensar que se cobra entero. Si haces cuentas con 733,60 € más tu paro, te llevarás un susto con la resolución.
- Renunciar al paro esperando cobrar más IMV. La ley obliga a pedir las pensiones y prestaciones a las que tengas derecho, y el IMV solo cubre la diferencia.
- No dar el consentimiento de la pasarela. Sin él, el SEPE no puede enviar tus datos y tendrás que empezar de cero.
- No hacer la declaración de la Renta. Si cobras el IMV, todos los miembros del hogar deben presentarla aunque no estén obligados por ingresos.
Otras ayudas que puedes sumar
- Complemento de Ayuda para la Infancia: por cada hijo, incluso si el IMV te sale a cero, porque su límite de ingresos es tres veces mayor.
- Bono social de la luz con IMV: cobrar el IMV te da derecho directo al descuento.
- Bono Alquiler Joven estando en el paro: compatible con el IMV, y las ayudas al alquiler no cuentan como ingreso para calcularlo.
- Complemento de Apoyo al Empleo: si encuentras trabajo mientras cobras el subsidio, puedes mantener parte de él.
- Trabajar cobrando el IMV: qué pasa con la prestación cuando dejas el paro por un empleo.
Resumen
- Puedes cobrar el IMV y el paro a la vez: el paro cuenta como ingreso y el IMV paga la diferencia hasta la renta garantizada.
- Una persona sola con subsidio de 480 € cobra unos 253,60 € de IMV; con una prestación de más de 733,60 €, nada.
- Al agotar el subsidio, da tu consentimiento en la pasarela del SEPE para pasar al IMV sin meses en blanco.
- Comunica cualquier cambio de ingresos en 30 días y presentad todos la declaración de la Renta.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible el IMV con la prestación contributiva por desempleo?
Sí, pero la prestación cuenta como ingreso. Si tu prestación supera la renta garantizada de tu hogar (733,60 € al mes si vives solo), el IMV sale a cero. En hogares con más miembros sin ingresos suele quedar un complemento.
¿Puedo cobrar el subsidio para mayores de 52 y el IMV?
Sí. Una persona sola con el subsidio de 480 € puede cobrar unos 253,60 € de IMV en 2026. La ley lo prevé expresamente: si el subsidio no llega a la renta garantizada, el IMV cubre la diferencia.
¿Me quitan el paro si me conceden el IMV?
No. El paro lo sigue pagando el SEPE con sus propias reglas y el IMV lo paga la Seguridad Social. Lo que cambia es que el IMV se ajusta a la baja para tener en cuenta lo que cobras de paro.
¿Tengo que pedir el IMV o me lo dan automáticamente al acabar el subsidio?
Si das tu consentimiento en la pasarela, el SEPE envía tus datos al INSS y no tienes que hacer una solicitud nueva. Si no lo das o no te llega el aviso, debes pedirlo tú en la sede de la Seguridad Social.
¿Qué pasa si no comunico que cobro paro?
Tienes 30 días naturales para comunicar cualquier cambio de ingresos. Si no lo haces, cuando la Seguridad Social cruce los datos con Hacienda recalculará el IMV y puede reclamarte lo cobrado de más.
¿Cuánto tarda la Seguridad Social en resolver el IMV?
El plazo legal es de seis meses; si pasa sin respuesta, se entiende denegado y puedes presentar reclamación previa. Si te lo conceden, cobras desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud, con los atrasos.
Fuentes oficiales y normativa
- Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital (BOE, texto consolidado)
- Seguridad Social: cuantías del IMV 2026
- La Moncloa: comienza a funcionar la pasarela del subsidio al IMV
- elDiario.es: cómo funciona la pasarela del subsidio al IMV
Cifras de 2026 comprobadas en las fuentes enlazadas. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos a contacto@ayudasyprestaciones.es.
Fichas relacionadas
- Ingreso Mínimo Vital (IMV)Renta garantizada de 733,60 € a 1.613,92 €/mes, más complementos
- Subsidio para mayores de 52 años480 €/mes (80 % del IPREM) hasta la jubilación
- Subsidio por cotización insuficiente570 € (6 primeros meses), 540 € (meses 7-12), 480 € (resto)
- Subsidio por agotamiento de la prestación570 € / 540 € / 480 € al mes según el tramo
- Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)115 € (0-3 años), 80,50 € (3-6 años), 57,50 € (6-18 años) al mes por hijo
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