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Capitalización del paro (pago único): calculadora
Si cobras la prestación contributiva y quieres emprender, puedes pedir al SEPE que te pague de una vez lo que te queda por cobrar para invertirlo en tu negocio o para subvencionar tus cuotas de autónomo.
Revisado el 26 de septiembre de 2026 · Elaborado con ayuda de IA y contrastado con fuentes oficiales (cómo lo hacemos)
Calculadora: ¿te corresponde y cuánto?
Resultado orientativo con las cuantías de 2026. No guardamos ningún dato: el cálculo se hace en tu navegador.
Requisitos de Capitalización del paro (pago único)
- Ser beneficiario de la prestación contributiva con al menos 3 meses pendientes.
- No haber capitalizado el paro en los 4 años anteriores.
- Solicitarlo antes de darte de alta como autónomo o en la sociedad.
- Iniciar la actividad en el mes siguiente a la resolución.
Cuánto se cobra: cuantía y cálculo
Puedes combinar modalidades: una parte en pago único para la inversión inicial y otra para subvencionar las cuotas mensuales de la Seguridad Social.
Ejemplos prácticos
Ejemplos orientativos con las cuantías de 2026. Usa la calculadora de arriba para tu caso.
Cómo solicitarla paso a paso
- Prepara un plan de negocio o memoria con la inversión prevista.
- Solicítalo en la sede del SEPE antes del alta.
- Tras la resolución, date de alta y justifica la inversión.
Documentación que suelen pedir
- Memoria del proyecto
- Facturas proforma de la inversión
- Estatutos si es sociedad
Errores que hacen perder la ayuda
- Darse de alta antes de pedirlo: se pierde el derecho.
- Usar el dinero en gastos no justificados en la memoria.
¿Tributa en la declaración de la Renta?
La capitalización está exenta de IRPF si mantienes la actividad o la participación en la sociedad durante cinco años.
Qué hacer si te la deniegan
Puedes presentar una reclamación previa ante el SEPE en los 30 días hábiles siguientes a la notificación, en su sede electrónica o con cita. Si la desestiman, puedes acudir al Juzgado de lo Social. Muchas denegaciones se resuelven aportando un documento que faltaba.
Preguntas frecuentes sobre Capitalización del paro (pago único)
¿Tributa en el IRPF?
Está exento si mantienes la actividad o las participaciones durante 5 años.
¿Se puede capitalizar el paro para hacerse autónomo?
Sí, cualquier persona que cobre la prestación contributiva y tenga al menos tres meses pendientes puede pedir el pago único.
¿Qué gastos se pueden pagar con el paro capitalizado?
Los de inversión necesarios para iniciar la actividad (equipos, local, vehículo, cuotas de entrada en cooperativas…) y, en otra modalidad, las cuotas de la Seguridad Social.
¿Es compatible con la tarifa plana?
Sí, puedes capitalizar el paro y pagar la cuota reducida de autónomo.
¿Qué pasa si cierro el negocio antes de tiempo?
Tendrás que justificar la inversión; y si cesas antes de cinco años, perderás la exención en el IRPF.
Fuentes oficiales y normativa
Enlazamos siempre a la fuente original. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos desde sobre la web.
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