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Pensión no contributiva de invalidez 2026: requisitos y calculadora
Es una pensión para personas de 18 a 65 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % que no tienen cotizaciones suficientes ni ingresos. En 2026 su cuantía íntegra es de 8.803,20 € anuales.
Revisado el 26 de septiembre de 2026 · Elaborado con ayuda de IA y contrastado con fuentes oficiales (cómo lo hacemos) · Normativa: Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015, BOE)
Calculadora: ¿te corresponde y cuánto?
Resultado orientativo con las cuantías de 2026. No guardamos ningún dato: el cálculo se hace en tu navegador.
Requisitos de Pensión no contributiva de invalidez
- Tener entre 18 y 65 años.
- Discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 65 %.
- Residencia legal en España durante 5 años, 2 de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores.
- Ingresos personales inferiores a 8.803,20 € al año; si convives con familiares, los de la unidad económica no pueden superar el límite (14.965,44 € para dos personas).
Cuánto se cobra: cuantía y cálculo
Si tus ingresos personales superan el 35 % de la pensión (3.081,12 €), la pensión se reduce en el exceso, con un mínimo del 25 %.
Con discapacidad ≥ 75 % y necesidad de ayuda de tercera persona se suma un complemento del 50 %: 13.204,80 € al año.
Puedes trabajar hasta 4 años sin perderla si salario más pensión no superan 16.003,20 € al año.
Ejemplos prácticos
Ejemplos orientativos con las cuantías de 2026. Usa la calculadora de arriba para tu caso.
Plazos: cuánto tarda y cuándo se cobra
Se paga en 14 pagas: 12 mensuales y dos extraordinarias en junio y noviembre.
Cómo solicitarla paso a paso
- Solicítala en los servicios sociales de tu comunidad o en el IMSERSO (Ceuta y Melilla).
- Aporta el certificado de discapacidad.
Documentación que suelen pedir
- Certificado de discapacidad
- DNI/NIE
- Certificado de empadronamiento
- Justificantes de ingresos de la unidad de convivencia
Errores que hacen perder la ayuda
- No comunicar cambios de ingresos o convivencia: genera cobros indebidos.
Qué hacer si te la deniegan
La resolución indica qué recurso cabe, ante quién y en qué plazo: normalmente un recurso de alzada o de reposición en el plazo de un mes. Antes de recurrir, comprueba si la denegación se debe a un documento que falta, porque a menudo basta con subsanarlo.
Preguntas frecuentes sobre Pensión no contributiva de invalidez
¿Qué pasa a los 65 años?
Pasa automáticamente a denominarse pensión no contributiva de jubilación.
¿Puedo trabajar cobrando la pensión no contributiva de invalidez?
Sí. Durante cuatro años puedes compatibilizarla con un empleo mientras el salario más la pensión no superen 16.003,20 € al año; si lo superan, la pensión se reduce.
¿Cuentan los ingresos de mis padres?
Sí, si convives con ellos se comprueba el límite de ingresos de la unidad económica de convivencia, que es más alto que el individual.
¿Qué es el complemento de tercera persona?
Un 50 % adicional para quien tiene una discapacidad del 75 % o más y necesita ayuda de otra persona para las actividades básicas: 13.204,80 € al año en 2026.
¿Hay complemento si vivo de alquiler?
Sí, los pensionistas no contributivos que viven de alquiler y no tienen vivienda en propiedad pueden pedir un complemento anual por alquiler.
Fuentes oficiales y normativa
- IMSERSO: guía resumen PNC 2026 (PDF)
- Seguridad Social: revalorización 2026
- Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015, BOE)
Enlazamos siempre a la fuente original. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos desde sobre la web.
Ayudas relacionadas
- Pensión no contributiva de jubilaciónHasta 628,80 €/mes en 14 pagas (8.803,20 €/año)
- Prestaciones de la Ley de DependenciaHasta 455,40 €/mes (cuidador familiar) o 747,25 €/mes (vinculada al servicio)
- Deducciones por discapacidad en el IRPF1.200 €/año por cada descendiente, ascendiente o cónyuge con discapacidad
- Asignación por hijo a cargo con discapacidad5.962,80 €/año (≥ 65 %) o 8.942,40 €/año (≥ 75 % y tercera persona) para mayores de 18
- Ayudas para accesibilidad y adaptación de la viviendaPorcentaje de la obra según convocatoria (mayor con discapacidad o dependencia)
- Prestación ortoprotésica (sillas de ruedas, audífonos, prótesis)Financiación total o parcial hasta el importe máximo de financiación del catálogo
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