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Justicia gratuita: ¿tienes derecho a abogado de oficio gratis?
La asistencia jurídica gratuita cubre abogado, procurador, peritos y tasas cuando tus ingresos no superan un límite en veces el IPREM. Se pide en el Colegio de Abogados.
Revisado el 26 de septiembre de 2026 · Elaborado con ayuda de IA y contrastado con fuentes oficiales (cómo lo hacemos) · Normativa: Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita (BOE)
Calculadora: ¿te corresponde y cuánto?
Resultado orientativo con las cuantías de 2026. No guardamos ningún dato: el cálculo se hace en tu navegador.
Requisitos de Asistencia jurídica gratuita
- Ingresos brutos de la unidad familiar inferiores a 2 veces el IPREM si vives solo o sin unidad familiar.
- 2,5 veces el IPREM si tu unidad familiar tiene menos de 4 miembros.
- 3 veces el IPREM si son 4 o más miembros o hay un hijo con discapacidad.
- Víctimas de violencia de género, trata o terrorismo tienen derecho con independencia de sus recursos en los procesos relacionados.
Cuánto se cobra: cuantía y cálculo
Con el IPREM anual de 14 pagas (8.400 €), los límites son 16.800 €, 21.000 € y 25.200 €. Excepcionalmente puede reconocerse hasta 5 veces el IPREM por circunstancias familiares o de salud.
Ejemplos prácticos
Ejemplos orientativos con las cuantías de 2026. Usa la calculadora de arriba para tu caso.
Cómo solicitarla paso a paso
- Rellena la solicitud en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados o en el juzgado.
- Aporta la documentación económica.
- El Colegio designa abogado provisionalmente y la Comisión resuelve.
Documentación que suelen pedir
- DNI/NIE
- Declaración de la renta o certificado de imputaciones
- Nóminas o certificados de prestaciones
- Libro de familia
Errores que hacen perder la ayuda
- Esperar al último momento procesal: los plazos judiciales no se suspenden siempre.
Qué hacer si te la deniegan
La resolución indica qué recurso cabe, ante quién y en qué plazo: normalmente un recurso de alzada o de reposición en el plazo de un mes. Antes de recurrir, comprueba si la denegación se debe a un documento que falta, porque a menudo basta con subsanarlo.
Preguntas frecuentes sobre Asistencia jurídica gratuita
¿Si pierdo el juicio tengo que pagar costas?
Solo si en los tres años siguientes mejoras de fortuna; mientras tanto quedan en suspenso.
¿La justicia gratuita cubre un divorcio?
Sí, cubre procedimientos civiles como divorcios, custodias o pensiones, siempre que cumplas los requisitos de ingresos.
¿Puedo elegir abogado?
No: se asigna un abogado del turno de oficio. Si prefieres uno concreto, tendrás que pagar sus honorarios.
¿Qué pasa si me la deniegan?
Puedes impugnar la resolución de la Comisión en el plazo de 10 días y, mientras tanto, el procedimiento sigue su curso.
¿Cubre los honorarios de la otra parte si pierdo?
Si te condenan en costas, solo tendrías que pagarlas si en los tres años siguientes mejoras tu situación económica.
Fuentes oficiales y normativa
Enlazamos siempre a la fuente original. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos desde sobre la web.
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