Inicio › Luz, ingresos mínimos y vulnerabilidad › Asistencia jurídica gratuita

Justicia gratuita: ¿tienes derecho a abogado de oficio gratis?

La asistencia jurídica gratuita cubre abogado, procurador, peritos y tasas cuando tus ingresos no superan un límite en veces el IPREM. Se pide en el Colegio de Abogados.

Revisado el 26 de septiembre de 2026 · Elaborado con ayuda de IA y contrastado con fuentes oficiales (cómo lo hacemos) · Normativa: Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita (BOE)

CuantíaAbogado, procurador, peritos y exención de depósitos sin coste
Quién la gestionaComisión de Asistencia Jurídica Gratuita (a través del Colegio de Abogados)
EstadoSolicitud antes o durante el procedimiento

Calculadora: ¿te corresponde y cuánto?

Resultado orientativo con las cuantías de 2026. No guardamos ningún dato: el cálculo se hace en tu navegador.

Requisitos de Asistencia jurídica gratuita

Cuánto se cobra: cuantía y cálculo

Con el IPREM anual de 14 pagas (8.400 €), los límites son 16.800 €, 21.000 € y 25.200 €. Excepcionalmente puede reconocerse hasta 5 veces el IPREM por circunstancias familiares o de salud.

Ejemplos prácticos

Persona sola con 15.000 € al año. Límite de 2 veces el IPREM (16.800 €): tiene derecho.
Pareja con un hijo, 20.000 € de ingresos. Tres miembros: límite de 2,5 veces el IPREM (21.000 €): tiene derecho.

Ejemplos orientativos con las cuantías de 2026. Usa la calculadora de arriba para tu caso.

Cómo solicitarla paso a paso

  1. Rellena la solicitud en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados o en el juzgado.
  2. Aporta la documentación económica.
  3. El Colegio designa abogado provisionalmente y la Comisión resuelve.

Documentación que suelen pedir

Errores que hacen perder la ayuda

Qué hacer si te la deniegan

La resolución indica qué recurso cabe, ante quién y en qué plazo: normalmente un recurso de alzada o de reposición en el plazo de un mes. Antes de recurrir, comprueba si la denegación se debe a un documento que falta, porque a menudo basta con subsanarlo.

Preguntas frecuentes sobre Asistencia jurídica gratuita

¿Si pierdo el juicio tengo que pagar costas?

Solo si en los tres años siguientes mejoras de fortuna; mientras tanto quedan en suspenso.

¿La justicia gratuita cubre un divorcio?

Sí, cubre procedimientos civiles como divorcios, custodias o pensiones, siempre que cumplas los requisitos de ingresos.

¿Puedo elegir abogado?

No: se asigna un abogado del turno de oficio. Si prefieres uno concreto, tendrás que pagar sus honorarios.

¿Qué pasa si me la deniegan?

Puedes impugnar la resolución de la Comisión en el plazo de 10 días y, mientras tanto, el procedimiento sigue su curso.

¿Cubre los honorarios de la otra parte si pierdo?

Si te condenan en costas, solo tendrías que pagarlas si en los tres años siguientes mejoras tu situación económica.

Fuentes oficiales y normativa

Enlazamos siempre a la fuente original. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos desde sobre la web.

Ayudas relacionadas

¿Te corresponden más ayudas? Usa el buscador por perfil: con tu comunidad, edad, ingresos y hogar te dice todas las que encajan.